El Consejo Constitucional (Conseil constitutionnel) es la máxima autoridad constitucional de Francia. Establecido por la Constitución de la Quinta República el 4 de octubre de 1958, su propósito fundamental es garantizar que los principios y reglas constitucionales se respeten estrictamente.
Ubicación y Composición
El organismo se encuentra ubicado en el Palais-Royal en París. Sus miembros son conocidos popularmente y en sus propios documentos como les sages ("los sabios"), un término que, según el teórico legal Arthur Dyevre, tiende a inhibir las críticas hacia su labor.
Funciones Principales
La actividad principal del Consejo es determinar si las propuestas de estatutos se ajustan a la Constitución. Esto puede ocurrir de dos maneras:
- Revisión a priori: Se realiza después de que el Parlamento haya votado la ley, pero antes de que el presidente de la república la firme.
- Revisión a posteriori: Desde el 1 de marzo de 2010, los ciudadanos que forman parte de un juicio o demanda pueden solicitar que el Consejo revise si la ley aplicada en su caso es constitucional.
En 1971, el Consejo amplió su criterio de revisión, dictaminando que la conformidad con la Constitución también implica la conformidad con la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano y el preámbulo de la Constitución de la Cuarta República.
Poderes y Tareas
Supervisión Electoral
El Consejo tiene la responsabilidad de supervisar las elecciones presidenciales y parlamentarias, así como de asegurar la legitimidad de los referéndums. Sus funciones incluyen:
- Emitir los resultados oficiales.
- Garantizar la conducta y equidad del proceso.
- Vigilar que se respeten los límites de gasto de campaña.
El Consejo puede declarar inválida una elección si se detecta que fue mal conducida, si el candidato ganador utilizó métodos ilegales o si excedió los límites legales de gasto.
Interpretación Constitucional
El Consejo actúa como intérprete de los significados fundamentales de la constitución, la legislación y los tratados. Puede declarar que las disposiciones de una ley son contrarias a la Constitución de Francia o a los principios de valor constitucional derivados de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Asimismo, puede invalidar leyes que contravengan tratados internacionales firmados por Francia, como la Convención Europea de Derechos Humanos.
Obligatoriedad de la Revisión
La revisión de ciertas leyes es obligatoria, como en el caso de leyes orgánicas, tratados y normas que afecten fundamentalmente al gobierno. Para otros estatutos, la revisión puede ser solicitada por el presidente de la república, el primer ministro, el presidente del Senado, el presidente de la Asamblea Nacional, o un grupo de 60 miembros de cualquiera de las dos cámaras parlamentarias.



